CONFECCIÓN OBRA INMATERIAL DESARROLLO SITIO WEB
Individualización.
En la comuna Providencia y ciudad de Santiago de la Región Metropolitana del Estado de Chile a 05 días del mes de mayo del año 2023. Entre Sociedad Juana Bahamondes e Hija Ltda. RUT 76.438.700-7 representada por don ______________________ (nombre representante que puede ser parte del directorio), C.I.___________________________ (domicilio comercial de la persona jurídica), calle_________________________ N° __________, comuna de _____________ , y (nombre persona jurídica prestadora de servicios) WhiteGroup (nombre del) R.U.T. ____________ domiciliada en calle _________________ N° _______________ comuna de ___________________, representada por don Mauricio Cristóbal Blanco (nombre representante), C.I.___________________________ (domicilio comercial de la persona jurídica), calle_________________________ N° __________, comuna de _____________, se ha convenido el siguiente mandato de arriendo de servicios inmateriales, para cuyos efectos las partes acuerdan denominarse cliente, el que confía la realización de la obra y desarrollador el que realiza la obra. Siendo cliente la empresa Sociedad Juana Bahamondes e Hija Ltda. representada por don __________ y desarrollador la empresa WhiteGroup representada por don Mauricio Cristóbal Blanco.
CUESTIONES PRELIMINARES:
El presente instrumento tendrá como finalidad regular la relación civil entre el cliente y el desarrollador. En virtud de la naturaleza de los servicios que encomienda el cliente y ejecutará el desarrollador, este contrato se regirá por las reglas especiales del arriendo de servicios inmateriales y por las reglas generales del mandato consagradas en el Código Civil (CC) en observancia a los siguientes artículos:
Artículo 2006 CC: “Las obras inmateriales, o en que predomina la inteligencia sobre la obra de mano, como una composición literaria, o la corrección tipográfica de un impreso, se sujetan a las disposiciones especiales de los artículos 1997, 1998, 1999 y 2002”;
Artículo 2007 CC: “Los servicios inmateriales que consisten en una larga serie de actos, como los de los escritores asalariados para la prensa, secretarios de personas privadas, preceptores, ayas, histriones y cantores, se sujetan a las reglas especiales que siguen.”;
Artículo 2008 CC: “Respecto de cada una de las obras parciales en que consista el servicio, se observará lo dispuesto en el artículo 2006.”;
Artículo 2011 CC: “Si el que presta servicios se retira intempestivamente, o su mala conducta da motivo para despedirle, no podrá reclamar cosa alguna en razón de desahucio o de gastos de viaje.”.
Artículo 2012 CC: “Los artículos precedentes se aplican a los servicios que según el artículo 2118 se sujetan a las reglas del mandato, en lo que no tuvieren de contrario a ellas.”;
Art. 2118. Los servicios de las profesiones y carreras que suponen largos estudios (…), se sujetan a las reglas del mandato;
Artículo 2123 CC: “El encargo que es objeto del mandato puede hacerse por escritura pública o privada, por cartas, verbalmente o de cualquier otro modo inteligible, y aun por la aquiescencia tácita de una persona a la gestión de sus negocios por otra; pero no se admitirá en juicio la prueba testimonial sino en conformidad a las reglas generales, ni la escritura privada cuando las leyes requieran un instrumento autentico.”; y
Artículo 2163 CC: “El mandato termina: (…) 3º Por la revocación del mandante; 4.º Por la renuncia del mandatario.”.
PRIMERO: EL CARGO.
El desarrollador ejecutará las labores inherentes a las de la profesión de Diseñador Gráfico y Técnico Analista Programador.
El desarrollador ejecutará las labores inherentes al proceso de DESARROLLO de sitios web. Estas consisten en:
- Sitio web seguro con certificado SSL;
- Posicionamiento web Básico;
- Capacitación una hora nivel básico/usuario;
- Sitio web Autoadministrable y multiplataformas;
- Google Kit: Monitorio y analíticas; y
- Respaldo Sitio Web.
SEGUNDO: LOS SERVICIOS DE DESARROLLO SITIO WEB CORPORATIVO:
El servicio comenzará con la entrega de la información de sitios web referenciales al cliente. Posteriormente y conforme al marco referencial de información brindada por éste en virtud de la cláusula tercera de este instrumento, el desarrollador confeccionará la propuesta que será entregada al cliente para que este informe en anexo de contrato las MODIFICACIONES DEFINITIVAS de la propuesta para el diseño personalizado del sitio web DEFINITIVO.
El tiempo de desarrollo para un sitio web corporativo DEFINITIVO será de cinco a diez días hábiles en consideración al número de modificaciones y su complejidad, lo que se informará en respuesta al correo asunto INFORMACIÓN DISEÑO PROPUESTA DEFINITIVA.
Dominio y hosting
En el correo electrónico señalado en la cláusula tercera, el cliente deberá expresar el dominio del sitio web, esto es la denominación del sitio web compuesta con vocales, consonantes y números. El desarrollador no será responsable por delitos contra la propiedad industrial e intelectual en que pueda incurrir el cliente al proporcionar esta información.
Se instalará el CMS WordPress en el hosting contratado e informado por el cliente conforme o por el hosting que proveerá WhiteGroup. Posterior a la instalación de WordPress en el alojamiento web se cargarán y configurarán todos los requerimientos técnicos que incluirá el sitio web como plugins, widgets, código, línea gráfica, entre otros.
Nota: la instalación de este CMS WordPress es el que brindará la capacidad de desarrollar un sitio web auto-administrable para que el cliente adquiera el dominio o propiedad de este.
El sitio web corporativo incluye:
Páginas (Máximo 5):
- Home o Inicio;
- Servicios y/o productos;
- nosotros/ quienes somos;
- blog/noticias; y
- contacto.
Nota: Los nombres del menú de cada página lo pueden definir el cliente.
TERCERO: DE LA JORNADA Y LAS COMUNICACIONES.
El desarrollador no estará sujeto a horario de trabajo, fiscalización directa e inmediata, y tampoco existirá subordinación o dependencia.
No obstante, el desarrollador deberá hacer entrega del marco referencial señalado en el punto 2. de la cláusula cuarta. Concordantemente, el cliente deberá informar lo expresado en la cláusula segunda y cuarta al correo __________ destinado para aquella comunicación, el que deberá denominarse en asunto de correo electrónico INFORMACIÓN DISEÑO PROPUSTA DEFINITIVA.
CUARTO: DE LOS PROCEDIMIENTOS, HONORARIOS Y FORMA DE PAGO
El diseño propuesta de sitio web que presentará la agencia WhiteGroup será de única instancia, es así que se conmina al cliente a que provea la información en detalle en el correo electrónico asunto INFORMACIÓN DISEÑO PROPUESTA DEFINITIVA conforme a lo determinado en la cláusula segunda, asimismo, lo referente a la información que deberá proveer en el anexo de contrato para el diseño del sitio web definitivo, de proceder.
El DISEÑO PROPUESTA se presentará al cliente mediante el siguiente proceso:
El primer procedimiento corresponderá a la entrega de información al cliente respecto a la cartera de proyectos que tenemos publicados en nuestro sitio web: _______ , para que solo en base a estas referencias el cliente pueda dirimir la información contenida en el correo electrónico asunto INFORMACIÓN DISEÑO PROPUESTA DEFINITIVA. La información consistirá en referencias de sitios web que el cliente seleccionará de la cartera de proyectos proporcionada por WhiteGroup, como también comentarios adicionales en relación a dichas referencias; esta será la inspiración y marco referencial de estilos, animaciones, geografía de la página, entre otras;
Los sitios webs referenciales serán solo de la cartera de proyectos que tenemos publicados en nuestro sitio web, la que se proveerá al cliente y con este medio podrá apreciar el estilo de desarrollo web de WhiteGroup.
Una vez entregada la información para la confección de la propuesta de sitio web, el cliente no podrá solicitar modificación alguna hasta la entrega de la propuesta, la que se regulará en anexo de contrato.
Adendum o anexo de contrato de propuesta y contrapropuesta definitiva:
El segundo procedimiento iniciará habiéndose hecho entrega por parte del cliente el correo electrónico asunto INFORMACIÓN DISEÑO PROPUESTA DEFINITIVA y culminará con la presentación del diseño propuesta de sitio web, procediendo la firma del anexo de contrato expresando la conformidad con el diseño de propuesta o informando modificaciones en un adendum de contrapropuesta definitiva que consistirá en lo siguiente:
- Corrección general y de estructura: el cliente podrá hacer modificaciones estructurales tales como: mover bloques, cambiar posiciones, agregar o quitar elementos dentro de las páginas diseñadas, entre otras cosas, las que serán detalladas en anexo de contrato de contrapropuesta. En ese sentido, el cliente podrá requerir que se agreguen páginas nuevas, funciones, integraciones o secciones no incluidas previamente en el correo electrónico asunto antes señalado, por lo que de proceder requerimientos de dicha envergadura se agregará un valor extra a cotizar por nuestro equipo, en consideración al número de modificaciones y su complejidad.
Hecho el segundo procedimiento o feed-back nuestro equipo tendrá tres días hábiles para confeccionar los cambios solicitados por el cliente. El número límite de modificaciones contenidos en la contrapropuesta será de veinte; y
- Servicio post venta/fe de errata: una vez entregada la CONTRAPROPUESTA DEFINITIVA por parte del cliente, este no podrá solicitar nuevamente modificaciones de dicha envergadura, sin perjuicio de realizar correcciones tipográficas o de diseño menor producto de información errónea proporcionada por él, tales como errores de ortografía, cambios o edición de enlaces de los botones, cambios de textos e imágenes y quitar bloques. El equipo tendrá un máximo de tres días hábiles para aplicar estos cambios.
Entrega de la obra inmaterial sitio web, pagos y credenciales de acceso:
A la firma del presente contrato será pagado el cincuenta por ciento del valor del plan, el cual es $______________ . A la firma del anexo de contrato en que el cliente señale estar conforme con la propuesta éste deberá pagar el cincuenta por ciento restante del valor antes señalado para recibir las credenciales de acceso a WordPress y el Hosting, de proceder este último.
Presentada la CONTRAPROPUESTA DEFINITIVA en anexo de contrato, el desarrollador deberá realizar las modificaciones requeridas en dicho adendum de contrato, dentro del plazo señalado. Se condicionará la entrega de credenciales de acceso a WordPress al pago del cincuenta por ciento restante del valor antes señalado, consistente en $___________, más el valor extra cotizado por el equipo en razón a las modificaciones solicitadas por el cliente, de proceder, lo que se expresará en el adendum de contrato de contrapropuesta definitiva.
Forma de pago:
- Tipo de Cuenta: Cuenta corriente
- Propietario Cuenta:
- RUT:
- Banco:
- Número:
- Email:
QUINTO: DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO.
Obra inmaterial. El presente contrato de obra inmaterial será vigente desde la fecha de su celebración hasta la entrega de las credenciales de acceso a WordPress por parte del desarrollador al cliente, la que se encontrará condicionada al pago señalado en la cláusula precedente.
SEXTO: DE LA COMPETENCIA.
Para los efectos en la interpretación respecto del presente contrato de Prestación de Servicios y Honorarios, las partes establecen que la jurisdicción de los tribunales ordinarios corresponderá a los con asiento en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana.
SEPTIMO: DEL CONCENTIMIENTO DE LAS PARTES
Para constancia y en señal de plena conformidad de lo señalado en el presente contrato, firman cliente y desarrollador respectivamente, en dos ejemplares quedando uno en poder de cada contratante.
______________________ MANDANTE R.U.T.:________________ | _____________________________ MANDATARIO R.U.T:________________________ |